
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó los nuevos cuadros tarifarios que las empresas Edesur y Edenor aplicarán a los usuarios, con validez desde el pasado 1 de noviembre. Lo hizo por intermedio de distintas resoluciones publicadas este lunes en el Boletín Oficial.
Una de ellas, la 744/2025, establece un incremento del 3,53% con respecto a octubre para los clientes de Edesur, mientras que para los de Edenor, de acuerdo con la resolución 745/2025, la suba será de 3,6%, también en relación con el mes pasado.
En ambos casos, la medida abarca a los usuarios residenciales de los tres niveles definidos por el esquema de segmentación (N1: sin subsidio; N2: menores ingresos; y N3: ingresos medios), como para clubes de barrio y de pueblo, y usuarios-generadores
Las variaciones en las tarifas de ambas empresas, que concentran el suministro en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), están determinadas por el incremento mensual más la actualización del Costo Propio de Distribución (CPD), del precio de la energía mayorista y del transporte eléctrico en alta tensión.
Las medidas se dan “en el marco de la emergencia energética dispuesta por el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 (prorrogada por los Decretos N° 1023 del 19 de noviembre de 2024 y N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025), la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social declarada por el Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 y la situación económica recibida el 10 de diciembre de 2023”.
En ese contexto, según las resoluciones, “el ministro de Economía (Luis Caputo), mediante Nota N° NO-2025-120474597-APN-MEC de fecha 29 de octubre de 2025″, estimó “imperioso continuar con la corrección de los precios relativos de la economía, entre los cuales se encuentran los precios y tarifas concernientes a los sectores de gas natural y energía eléctrica”.
La última semana, el Gobierno había decidido un aumento de tarifas de 3,8% promedio en las facturas de gas a nivel nacional, que también regirá a partir de los consumos de noviembre. Cambios en la lectura de los medidores
Por otro lado, el ENRE autorizó a Edenor y Edesur “a modificar la periodicidad de la actual metodología de lectura bimestral del equipo de medición de energía eléctrica de los usuarios de Tarifa 1 -Pequeñas Demandas-, a una metodología de lectura mensual”.
Lo hizo a través de la Resolución 730/2025, también publicada este lunes en el Boletín Oficial, en cuyos considerandos menciona que las modificaciones se dieron después de que ambas empresas realizaran presentaciones donde argumentaron que “se estaría produciendo una disociación temporal, atento el tiempo que transcurre entre el momento en que se registra el consumo de cada usuario y la fecha en que les son emitidas sus respectivas Liquidaciones de Servicio Público (LSP)”.
Argumentaron, en específico, cierto desfasaje entre la lectura del medidor y la emisión de la factura correspondiente, al tiempo que “señalaron que la modalidad propuesta -de lectura mensual- haría asequible la alineación entre el consumo real y la señal económica percibida por cada usuario, facilitándole la comprensión de sus facturas y permitiendo ello una mejor identificación de sus hábitos de consumo, con la consiguiente posibilidad de ejercer un mejor control y autogestión de estos”.
Las distribuidoras también dijeron que la disminución de aquel plazo “resultaría de utilidad al sistema de distribución en general, ya que los usuarios podrían adoptar medidas de ahorro y/o de uso racional, en forma oportuna, contribuyendo así a disminuir consumos innecesarios y a la eficiencia energética”, y que, además, “repercutiría favorablemente en los usuarios al permitirles una mejor planificación financiera”.
La Resolución indicó que “las distribuidoras deberán iniciar toda acción tendiente a implementar la nueva metodología dentro de los 30 días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia” del documento, y que tendrán que “establecer un Período de Transición para la implementación”.
Fuente: CLARÍN